ANTEPROYECTO:“Por que el problema de la  Juventud es una Cuestión de Estado y se la respete como tal”.

Sr.  Presidente de la H. Cámara de Diputados
 Dr. Eduardo Fellner

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                                                   Fundamentos
CON LA JUVENTUD, SE SALVARIA LA REPUBLICA
 El pueblo y especialmente la juventud quieren soluciones
Los Grandes economistas que hoy disponemos seguro que dirán de donde sacamos los recursos para sostener esta estrategia, les contesto:
La argentina tiene 40 millones de Habitantes;
Si hay una cantidad de Ciudadanos que no tienen trabajo y esos son los Jóvenes, esto hoy debe dejar de ser un problema para ellos, por que el futuro del país se juega con ellos.
Nosotros los de nuestra Generación debemos esforzarnos para que la sangre nueva comience su vida con certeza y ahínco, hacia el futuro que nos merecemos.
No quiero que a los Jóvenes se les de subsidios, eso es indigno, quiero que vuelvan a soñar, que se pueden realizar como Ciudadanos que con el sudor de su frente organizan su vida, se casan, tienen hijos, casa, y todo lo logran de la manera natural con su propio peculio, no dependiendo de las dadivas de los funcionarios de turno.
“De los cuales son...y el  gobierno debe priorizar y salvar a los jóvenes de la inseguridad, de la delincuencia y del uso de las drogas, mediante una sola  trabajo conjunto que proteja a este sector importante de la sociedad.”
Para ello, propuso crear programas integrales que incluyan el reforzamiento de los valores familiares, el impulso a la educación a la constante preparación, al tiempo de aplicar esquemas de empleos dignos y bien pagados para los jóvenes con lo cual estaremos logrando de alguna manera rescatarlos de las redes del narcotráfico, la impunidad, la corrupción y los estupefacientes.
Si no lo hacemos ahora y de forma inmediata, advierto, estaremos dejando escapar lo más valiosos que tiene este país que son sus jóvenes, quines además ya no esperan y “exigen resultados”.
Decía el Gral. Perón: La dignificación del Hombre y del trabajo, se puede realizar y construir cuándo se realiza asimismo para sumar un bien a esa Comunidad.
En una Comunidad donde abundan los que consumen y no producen, es una Comunidad que no va a ninguna parte.
Para producir hay que darle las condiciones necesarias, tanto en la calidad, la cantidad y   las horas de producción se sepa que es manera de reconstruir el tejido necesario para la reconstrucción de la Republica.
Cuándo las autoridades dan vuelta en buscarle una solución al flagelo de la drogadicción y el alcoholismo en la Juventud, no existe respuesta, de parte de la Justicia, la Autoridades y los resortes del Estado que no saben que hacer con todos estos efectos de una sola causa, que es la desocupación de los Jóvenes poco hay en la sabidurías de quienes hoy dependemos como si todo se reduce a la voluntad de los que siempre hicieron política y en su vida han trabajado, pagando sueldos, alquileres o cualquier cosa.

                              “A los Jóvenes,  en ustedes confió”


Quizás cuándo digo nuestra Juventud me estoy equivocando por que la Juventud no tiene pertenencia.
Muchas veces me encuentro ante una difícil encrucijada como hablar a nuestra Juventud.
Ella en si misma es sinónimo de libertad, de provocar reacciones contradictorias, de ir siempre de frente, aceptando toda clase desafíos.
Será por esa misma razón, que su rebeldía no es comprendida, quizás porque su único código sea la verdad, hoy ante tanta mentira.
Ante esa realidad no puede haber indiferencia de parte mía, ha llegado la hora de escuchar los reclamos de la Juventud, de aquella que se siente desplazada de toda participación y sin embargo siempre estuvo. Esta y estará en el quehacer cotidiano de nuestra República.
Se que para mí es un gran desafió, quizás el último de quién piensa que sin Juventud no hay porvenir.
Espero ser creíble, de lo contrario seguiré siendo un cobarde pusilánime, que mirare los destinos de la Patria con mezquindad sin proyección de futuro.
Convencido de que la Juventud esta destinada por su pasión, fervor e idealismo a quemarse en la hoguera de la utopía, no dudo en quemarme junto a ella.
Entonces como evitar que esta notar siga vigente:

Cada vez más jóvenes toman alcohol

Creció 6% el consumo abusivo entre quienes tienen 19 a 24 años; el SAME atiende en la calle a 300 personas alcoholizadas por mes

Pablo Tomino
LA NACION

Los datos más recientes sobre el consumo de alcohol en la Capital y sus consecuencias siembran la alarma. La ingestión abusiva de bebidas alcohólicas creció 6% entre los jóvenes de 19 a 24, que figuran en primer lugar entre quienes presentan la mayor prevalencia de consumo de tres o más medidas de tragos fuertes en un día de fin de semana. En segundo lugar aparecen como importantes consumidores los adolescentes de entre 12 y 18 años.
A su vez, el SAME asistió el año pasado un promedio mensual de 300 personas alcoholizadas en las calles porteñas, 15% más que en 2008.
Los datos sobre consumo de alcohol en los jóvenes, que es un fenómeno que también se produce en el conurbano y en varios puntos del país, se desprenden de un informe del Observatorio de Adicciones del Ministerio de Desarrollo Social porteño, sobre la base de la última encuesta de hogares de Sedronar, publicada en 2009.
Una medida es equivalente a una lata de cerveza o a un vaso de vino y se considera abuso el consumo de cinco o más medidas, según la graduación que posea cada una de ellas.
Según el informe oficial, la cerveza es la bebida alcohólica que más se consume en la Capital, así como en todo el país. Unas 271.000 personas abusan de su ingestión cada fin de semana en la ciudad. Del 24,3% de la población porteña que reconoció tomar cerveza en exceso, según precisa el relevamiento, el 14,3% dijo haber tomado un litro de cerveza durante un día; el 3,9%, dos litros, y el 6,1%, tres litros o más.
Los que más abusan de esta bebida son los jóvenes de entre 19 y 24 años (44%), mientras que cada un mayor de entre 35 y 49 años que consume cerveza en exceso, dos menores de entre 12 y 18 años también lo hacen.
Frente a este panorama, Soledad Acuña, subsecretaria de Promoción Social porteña, dijo a LA NACION que el gobierno impulsará acciones de prevención. "Se seguirán acentuando los controles de tránsito; se continuará con los programas Salí Seguro y Conductor Responsable, y cuando se renueven las licencias de conducir, habrá charlas de concientización bien específicas", detalló, y agregó: "Se harán cursos de prevención con los padres en plazas, algo que ya se activó con distintas organizaciones no gubernamentales, como Proyecto Padres".
Sobre el consumo de vino en la Capital, unas 100.000 personas abusan de esta bebida cada fin de semana. La mayor prevalencia de ingestión se da en los adultos de entre 35 y 49 años (el 10,7%) y luego lo siguen los jóvenes de entre 19 y 24 años (el 9,4%).
Roberto Canay, director del Observatorio de Adicciones porteño, dijo: "Sorprende el aumento en el abuso de alcohol entre los jóvenes. Esto da una pauta para diagramar las distintas políticas de gestión".
Para Martín Cuesta, doctor en historia y director de la carrera de Ciencia Sociales y Humanidades de la UADE, el consumo de alcohol en los jóvenes "no es nuevo. Cuando el adolescente construye su subjetividad, necesita de la mirada del otro. Y esa mirada es del grupo de pertenencia. En el siglo XXI, estos grupos tienen entre sus ritos «bien vistos» el consumo de alcohol. La escuela y la familia son los dos pilares máximos para regular esta situación".
Durante 2009, creció en la Capital 15% la asistencia en la calle de personas alcoholizadas, que alcanzó un promedio de 300 pacientes por mes. De ellos, más del 25% fueron menores de 24 años. "Se incrementó el consumo de alcohol en jóvenes. Si esto no se atenúa, a fines de año se duplicará la cifra de asistencia callejera a personas ebrias. Los chicos se reúnen en las casas y beben alcohol; después, en los boliches, mezclan con otras bebidas y sus cuerpos colapsan", dijo a LA NACION Alberto Crescenti, director del SAME.
Para Verónica Mora, psiquiatra a cargo de la coordinación de Riesgo Adictivo del gobierno porteño, el abuso del alcohol es un problema preocupante desde el punto de vista epidemiológico. "Está cambiando la modalidad de consumo de alcohol en la Capital. Hoy es cada vez más baja la edad de inicio, con personas intoxicadas seriamente en poco tiempo. El abuso de alcohol incrementa los problemas asociados, como los accidentes de tránsito, los episodios de violencia callejera y el embarazo no deseado en los adolescentes."
Según datos de la ciudad, sólo en el primer semestre de 2009 el hospital Juan Fernández atendió 1142 casos relacionados con abuso de alcohol. De los otros hospitales porteños no se suministraron datos.

Secuestran autos por alcoholemia

  • MAR DEL PLATA.- Durante el fin de semana, 66 vehículos fueron secuestrados por alcoholemia positiva. La Dirección de Tránsito municipal labró las infracciones y derivó los automotores secuestrados a un playón sobre la avenida Luro; los infractores deben pagar multas mínimas de $ 1500.
 Momento24 habló con el ex candidato peronista y empresario Juan Ricardo Mussa y nos contó que la idea surgió en un comedor, cuando estaba dando una charla y trataba de persuadir a un menor de que se alejara de la delincuencia.

En ese momento, el secretario de Comercio Interior Guillermo Moreno, se inmiscuyó en la conversación cuando su imagen vestía la pantalla de un televisor.
El adolescente preguntó: “Usted tiene el coraje de decirnos que no robe, pero ¿tiene el coraje para decirle a ellos que no roben?”, en alusión a los “flamantes” funcionarios que conforman el Gobierno de este país.
Mussa asegura que su respuesta fue: “Te juro que voy a tratar de hacerlo”.
Es así como el empresario comenzó una maratónica odisea en tratar de contactar al polémico empleado público. Su secretaria, quien lo nombra como el “Licenciado Moreno”, transmitía sus mensajes evasivos, sin concretar ninguna cita.
Sin embargo, aún ante la falta del encuentro físico, la lucha entre Moreno y Mussa comenzaba a tener cuerpo, tanto es así que la secretaria del interventor del Indec, manifestó: “Dice el ‘licenciado’ que le va a romper la trompa”, un sigiloso verso al mejor estilo patotero del “flamante” secretario de Comercio. A lo cual Mussa respondió: “Dígale que para romperme la trompa me va a tener que ver”.
Uno de los objetivos de Mussa es reclamarle a Moreno los tremendos exabruptos cometidos durante su gestión, los cuales forman parte de sus múltiples marcas registradas. La más tristemente célebre es la que supuestamente lanzó sobre un empleado de Papel Prensa: “Tengo especialistas en quebrar columnas”.
De ese modo, entre idas y vueltas, finalmente concretaron una fecha: el día del ansiado encuentro será este jueves 29 de octubre. Y el “escenario” ya está casi montado, pues el gobierno de la Ciudad, aprobará en el transcurso de esta jornada la autorización para elevar el ring en plena Diagonal Sur.
Mussa asegura que si Moreno se arrepiente será una jugada en su contra, pues indica que fue el mismo funcionario quien fijó la fecha de esta particular cita.
Días atrás tuve la oportunidad de escuchar a varios Jóvenes de 12 a 14 años, en una plaza que conversaban. En realidad por la manera airada y prepotente con la que se expresaban, fuimos varios los testigos involuntarios obligados de sus  diálogos y acciones. Lo que más me llamo la atención la forma de expresarse, los términos cortantes modismos empleados, el contenido del diálogo central y fundamentalmente, la actitud general de sus conductas.
Más allá de este puntual episodio, pero teniendo en cuenta otras tantas cosas de nuestra realidad cotidiana, muchas otras tantas cosas de nuestra realidad cotidiana,  muchas veces me pregunto que clase de adultos serán mañana estos niños, adolescentes y jóvenes de hoy, porque ellos los hombres del futuro, los que van a protagonizar y dirigir los destinos de nuestro país.
Basta con observar un poco el presente para encontrarnos con un desinterés por el estudio, la lectura, el conocimiento, el compromiso y las responsabilidades. Nada pareciera importarles, salvo la intranscendencia absoluta de lo fácil, rápido y divertido.
Y es evidente que debemos asumir los adultos de hoy nuestra responsabilidad individual y colectiva por lo que hacemos y lo que no hacemos, para preparar a estos hombres del futuro. Desde la política, la educación, el gobierno, la familia y en general, la sociedad, no podemos esperar un comportamiento diferente al que les venimos mostrando.
Difícil es pretender valores, por ejemplo, con la exhibición actual de una política errada- en su amplio sentido- que carece absolutamente de ellos, y solo evidencia características de obscenidad, suciedad y corrupción. Acá no hay magia, no hay coherencia en escribir con la mano y borrar con el codo, o decir, hagan lo que decimos pero no lo que hacemos, porque no hay mejor enseñanza o ejemplo que nuestra conducta.
Si los adolescentes y jóvenes de hoy, no estudian, no saben leer, no saben hablar, no escriben correctamente, no se comprometen, viven en la estupidez  constante, se drogan, se alcoholizan, delinquen, TEC…, es porque, individual o colectivamente, no supimos, no pudimos o quisimos hacer lo que se debía. El fracaso es evidente, y los padres, políticos, gobernantes, educadores, comunicadores y la sociedad toda, debemos asumir la responsabilidad de haber generado este verdadero desastre.
Por todo esto es que veo que hay muchos efectos que denigran a nuestra Juventud y una sola causa la falta de trabajo…, si nacimos con sueños para organizarnos en familia, para esforzarnos, con estudio, lograr una familia, procrear y mantenerla dignamente, no hay nadie como ser humano que sueñe esto, mantener su casa, sus hijos, mandarlos a estudiar, hacerse una casa, no depender de las migajas que el gobernante de turno le entregue para tenerlo cautivo de sus aberraciones y latrocinio, se debe hoy promulgar esta ley, que saque a la Juventud de la frustración y comience el camino de buena venturanza que se merece nuestra Patria…
Artículo 39.- Los ciudadanos tienen el derecho de iniciativa para presentar proyectos de ley en la Cámara de Diputados. El Congreso deberá darles expreso tratamiento dentro del término de doce meses.
El Congreso, con el voto de la mayoría absoluta de la totalidad de los miembros de cada Cámara, sancionará una ley reglamentaria que no podrá exigir más del tres por ciento del padrón electoral nacional, dentro del cual deberá contemplar una adecuada distribución territorial para suscribir la iniciativa.
No serán objeto de iniciativa popular los proyectos referidos a reforma constitucional, tratados internacionales, tributos, presupuesto y materia penal.
Otorgándole legitimidad a la solución planteada en caso de resultar rechazado por el Senado de la Nación, debemos recurrir por lo expuesto, por que se considera de estricta necesidad el llamado a un Plebiscito o Consulta Popular (En los términos del articulo 40 de la Constitución Nacional, en donde sea la Ciudadanía la que se expida sobre los siguientes puntos:
Ley 24.241 Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones, Sustitúyase el artículo 19:
Ley 24.241
SANCION: SEPTIEMBRE 23 DE 1993
PROMULGACION: PARCIALMENTE OCTUBRE 13 1993
LIBRO I
Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones
Título I
Disposiciones Generales
CAPITULO I
Creación. Ámbito de aplicación
Institución del sistema integrado de jubilaciones y pensiones
Capítulo II
Prestación básica universal
Requisitos
ARTICULO 19º. - Tendrán derecho a la prestación básica universal (PBU) y a los demás beneficios establecidos por esta ley, los afiliados:
a) Hombres que hubieran cumplido sesenta y cinco (65) años de edad;
b) Mujeres que hubieran cumplido sesenta (60) años de edad;
c) Acrediten treinta (30) años de servicios con aportes computables en uno o más regímenes comprendidos en el sistema de reciprocidad.
En cualquiera de los regímenes previstos en esta ley, las mujeres podrán optar por continuar su actividad laboral hasta los sesenta y cinco (65) años de edad; en este supuesto se aplicará la escala del artículo 128.
Al único fin de acreditar el mínimo de servicios necesarios para el logro de la prestación básica universal se podrá compensar el exceso de edad con la falta de servicios, en la proporción de dos (2) años de edad excedentes por uno (1) de servicios faltantes.
A los efectos de cumplimentar los requisitos establecidos precedentemente, se aplicarán las disposiciones de los artículos 37 y 38, respectivamente.
Artículo 19: Sustitúyase  por el siguiente texto:
ARTICULO 19º. - Tendrán derecho a la prestación básica universal (PBU) y a los demás beneficios establecidos por esta ley, los afiliados:
a) Hombres que hubieran cumplido sesenta  (60) años de edad;
b) Mujeres que hubieran cumplido cincuenta y cinco (55) años de edad;
c) Acrediten treinta (30) años de servicios con aportes computables en uno o más regímenes comprendidos en el sistema de reciprocidad.
En cualquiera de los regímenes previstos en esta ley, las mujeres podrán optar por continuar su actividad laboral hasta los sesenta  (60) años de edad; en este supuesto se aplicará la escala del artículo 128.
Al único fin de acreditar el mínimo de servicios necesarios para el logro de la prestación básica universal se podrá compensar el exceso de edad con la falta de servicios, en la proporción de dos (2) años de edad excedentes por uno (1) de servicios faltantes.
A los efectos de cumplimentar los requisitos establecidos precedentemente, se aplicarán las disposiciones de los artículos 37 y 38, respectivamente.
Haber de la prestación
ARTICULO 20º. - El haber mensual de la Prestación Básica Universal se determinará de acuerdo con las siguientes normas:
a) Para los beneficiarios que acrediten treinta (30) años de servicios en las condiciones del inciso c) del artículo anterior, el haber será equivalente a dos veces y media (2,5) el aporte medio previsional obligatorio, al que se refiere el artículo siguiente;
b) Para los beneficiarios que acrediten más de treinta (30) y hasta cuarenta y cinco (45) años como máximo de servicios en las condiciones preindicadas, el haber se incrementará en un uno por ciento (1 %) por año adicional sobre la suma a que alude el inciso a). investigación científica desempeñados en otros establecimientos o institutos oficiales de nivel universitario, científico o de investigación, como también establecer en los supuestos contemplados en este párrafo y en el anterior, limites de compatibilidad, con reducción del haber de las prestaciones.
Percepción unificada
ARTICULO 35º. - La prestación básica universal y la prestación compensatoria serán abonadas en forma coordinada con el haber de la jubilación ordinaria o con algunas de las prestaciones detalladas en el artículo 27 otorgadas a través del Régimen de Capitalización. Las normas reglamentarias instrumentarán los mecanismos de transferencia por parte del Sistema Único de la Seguridad Social a la entidad responsable del pago de la prestación derivada del Régimen de Capitalización, a fin de procurar la inmediatez y simultaneidad de los pagos respectivos.
Capítulo VII
Disposiciones transitorias
Gradualismo de edad
ARTICULO 37º. - La edad establecida en el artículo 19, inciso b) para el logro de la prestación básica universal, se aplicará de acuerdo con la siguiente escala

HOMBRES                             MUJERES                
 
  Desde el año   Relación de     Autónomos     Relación de      Autónomos    
                 Dependencia                   dependencia                   
 
      1998            64             65             59             60        
 
      2001            65                             60             60        
 
      2003            65             65             60             60        
 
      2005            65             65             60             60        
 
      2007            65             65             60             60        
 
      2009            65             65             60             60        
 
      2011            65             65             60             60        
 
 
ARTICULO 37º, Sustitúyase por este: 
 

ARTICULO 37º. - La edad establecida en el artículo 19, inciso b) para el logro de la prestación básica universal, se aplicará de acuerdo con la siguiente escala:

                                  HOMBRES                              MUJERES                
 
  Desde el año   Relación de     Autónomos     Relación de      Autónomos    
                       Dependencia                          Dependencia                   
                                
 
      2010                  60                  60                   55                  55        
 
      2011                 60                   60                   55                  55        

Declaración jurada de servicios con aportes
ARTICULO 38º. - Para el cómputo de los años de servicios con aportes requeridos por el artículo 19 para el logro de la prestación básica universal, sólo podrán acreditarse mediante declaración jurada, como máximo, la cantidad de años que a continuación se indican, según el año de cese del afiliado:

          2010                      7                      años            
 
          2011                      7                       años           
 
          2012                      6                       años           
 
          2013                      6                       años           
 
          2014                      5                       años           
 
          2015                      5                       años           
 
          2016                      4                       años           
 
          2017                      4                       años           
 
          2018                      3                       años           
 
          2019                      3                       años           
 
          2020                      2                       años           
 
          2021                      2                       años           
 
          2022                      1                       años           
 
          2023                      1                       años           
 

TITULO III Régimen de capitalización Capítulo I-Disposiciones generales Financiamiento ARTICULO 39º. - Se destinarán al régimen de capitalización los aportes personales de los trabajadores en relación de dependencia establecidos en el artículo 11, y once (11) puntos de los veintisiete (27) correspondientes a los aportes de los trabajadores autónomos, que no hubieran ejercido la opción prevista en el artículo 30. Entidades receptoras de los aportes

 

Las estadísticas de nuestra Población que aporto:

Población de 14 años y más por situación conyugal, según sexo y grupos de edad. Total del país.

Año 2001

Sexo y grupos de edad

Población de 14 años y más

Situación conyugal

En matrimonio

En unión

consensual

Soltero

Divorciado / Separado

Viudo

Total

26.681.048

10.606.461

3.970.612

9.037.342

1.283.868

1.782.765

14

668.613

1.739

10.931

654.357

1.510

76

15-19

3.188.304

33.374

187.362

2.959.841

7.175

552

20-24

3.199.339

317.604

628.948

2.224.283

27.173

1.331

25-29

2.695.341

818.314

696.638

1.111.103

65.620

3.666

30-34

2.364.903

1.161.988

563.359

527.924

104.045

7.587

35-39

2.229.617

1.297.406

451.633

326.702

138.972

14.904

40-44

2.136.536

1.303.354

382.098

252.085

169.929

29.070

45-49

1.971.911

1.230.627

310.433

199.277

180.688

50.886

50-54

1.850.481

1.154.507

251.833

176.350

177.919

89.872

55-59

1.504.046

930.034

171.174

139.907

136.488

126.443

60-64

1.284.337

760.002

122.610

121.942

99.995

179.788

65-69

1.109.788

616.642

83.927

103.668

70.928

234.623

70-74

996.525

491.530

57.802

94.293

50.882

302.018

75-79

727.895

300.853

31.069

68.120

28.822

299.031

80-84

432.908

131.782

13.664

43.365

14.284

229.813

85 y más

320.504

56.705

7.131

34.125

9.438

213.105

Varones

12.795.165

5.302.778

1.980.470

4.737.751

480.649

293.517

14

338.686

748

4.857

332.369

693

19

15-19

1.613.030

5.313

53.679

1.550.928

2.976

134

20-24

1.597.939

101.629

264.743

1.222.656

8.678

233

25-29

1.329.493

342.514

341.483

621.133

23.742

621

30-34

1.159.698

540.837

290.396

289.175

37.849

1.441

35-39

1.086.600

630.886

236.365

167.919

48.526

2.904

40-44

1.043.147

649.631

202.000

125.816

59.884

5.816

45-49

959.135

621.585

167.063

96.163

64.455

9.869

50-54

895.127

589.959

138.849

83.240

66.476

16.603

55-59

718.159

482.435

97.026

64.157

52.848

21.693

60-64

597.259

400.892

70.675

55.484

40.538

29.670

65-69

499.544

337.335

49.181

45.525

30.085

37.418

70-74

422.426

280.759

33.831

38.354

21.597

47.885

75-79

289.055

186.855

18.395

23.931

12.453

47.421

80-84

152.255

89.078

7.921

12.835

6.041

36.380

85 y más

93.612

42.322

4.006

8.066

3.808

35.410

Mujeres

13.885.883

5.303.683

1.990.142

4.299.591

803.219

1.489.248

14

329.927

991

6.074

321.988

817

57

15-19

1.575.274

28.061

133.683

1.408.913

4.199

418

20-24

1.601.400

215.975

364.205

1.001.627

18.495

1.098

25-29

1.365.848

475.800

355.155

489.970

41.878

3.045

30-34

1.205.205

621.151

272.963

238.749

66.196

6.146

35-39

1.143.017

666.520

215.268

158.783

90.446

12.000

40-44

1.093.389

653.723

180.098

126.269

110.045

23.254

45-49

1.012.776

609.042

143.370

103.114

116.233

41.017

50-54

955.354

564.548

112.984

93.110

111.443

73.269

55-59

785.887

447.599

74.148

75.750

83.640

104.750

60-64

687.078

359.110

51.935

66.458

59.457

150.118

65-69

610.244

279.307

34.746

58.143

40.843

197.205

70-74

574.099

210.771

23.971

55.939

29.285

254.133

75-79

438.840

113.998

12.674

44.189

16.369

251.610

80-84

280.653

42.704

5.743

30.530

8.243

193.433

85 y más

226.892

14.383

3.125

26.059

5.630

177.695

Fuente: INDEC, Censo Nacional de Población, Hogares y Viviendas 2001.

Artículo 39.- Los ciudadanos tienen el derecho de iniciativa para presentar proyectos de ley en la Cámara de Diputados. El Congreso deberá darles expreso tratamiento dentro del término de doce meses.


El Congreso, con el voto de la mayoría absoluta de la totalidad de los miembros de cada Cámara, sancionará una ley reglamentaria que no podrá exigir más del tres por ciento del padrón electoral nacional, dentro del cual deberá contemplar una adecuada distribución territorial para suscribir la iniciativa.
No serán objeto de iniciativa popular los proyectos referidos a reforma constitucional, tratados internacionales, tributos, presupuesto y materia penal.
Otorgándole legitimidad a la solución planteada en caso de resultar rechazado por el Senado de la Nación, debemos recurrir por lo expuesto, por que se considera de estricta necesidad el llamado a un Plebiscito o Consulta Popular (En los términos del Art. 40 de la Constitución Nacional, en donde sea la Ciudadanía la que se expida sobre los siguientes puntos:
Artículo Décimo: Asígnense las partidas presupuestarias correspondientes para la implementación de la presente ley.-
Artículo Undécimo: Comuníquese, Publíquese, etc.-

Juan Ricardo Mussa

                                                            JUAN RICARDO MUSSA
                                                                      DNI 4.705.745
 

Av. Callao 569  2º piso 2º cuerpo, de esta Ciudad  DNI 4.705.745

ADHIERO AL ANTEPROYECTO DE LEY: Vengo a interponer, Tenemos 40 millones de habitantes, el país con la Juventud, con futuro alguien se tiene que sacrificarse, los jóvenes no… Vengo a interponer “Para que la Juventud que es una Cuestión de Estado, se la respete como tal”. En los términos de la Constitución Nacional, Artículo 39.-  Juan Ricardo Mussa fotocopie este formulario, fírmelo con sus vecinos y conocidos; por favor enviar a la Av. Callao 569 2º Piso, 2º Cuerpo de la Capital Federal; C.P. 1022.

 

formulario para imprimir Juan Ricardo Mussa

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